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Morelos: paciente con síndrome de Down gana querella al IMSS

Ordena juzgado brindarle servicios de derechohabiente permanente

César Arellano García
 
Periódico La Jornada
Lunes 9 de octubre de 2023, p. 34

El juzgado primero de distrito en el estado de Morelos concedió un amparó a una mujer que padece síndrome de Down y ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) regularizar la constancia de vigencia de derechos de la quejosa, así como darla de alta en el padrón de derechohabientes de manera permanente.

Al resolver un juicio de amparo, la jueza Nadyelly López Guevara instruyó al IMSS brindar a la demandante atención médica integral para tratar cada uno de los padecimientos que tiene.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que la juzgadora analizó el caso desde la perspectiva de protección al derecho a la salud y a la seguridad o protección social, así como en apego a los estándares aplicables a las personas con discapacidad.

En la sentencia se estipula que el derecho a la salud debe entenderse como la prerrogativa de disfrute de toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarios para alcanzar el más alto nivel posible de salud. Es decir, el Estado está obligado a respetar, proteger y hacer efectivo este derecho, evitando interferir directa o indirectamente en la salud de las personas.

Puntualiza que es esencial considerar las barreras que pueden impedir a las personas con discapacidad acceder a los beneficios de los programas de seguridad social, como aquellas que pudieran atravesar como resultado de procesos de incapacitación judicial.

Añade que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que el hecho de que una persona tenga discapacidad o una deficiencia no debe ser nunca motivo para negarle capacidad jurídica ni derecho alguno.

Detalla que el artículo 25 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, suscrita por México, reconoce que las personas con capacidades disminuidas tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación.

Respecto al derecho a la seguridad o protección social, se detalla que en el contexto social existen barreras a las que se enfrentan día con día, por lo que negar o restringir el acceso a la seguridad social únicamente empeora su situación.