Política
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Modifican prisión preventiva oficiosa; ahora podría favorecer a feminicidas y violadores
Emir Olivares y Alonso Urrutia
 
Periódico La Jornada
Miércoles 4 de octubre de 2023, p. 6

Los magistrados de un tribunal con sede en la Ciudad de México aprobaron un nuevo criterio jurisprudencial contra la prisión preventiva oficiosa, que abriría la puerta de la cárcel para quedar el libertad a personas procesadas por secuestro, homicidio, feminicidio, desaparición, violación, delincuencia organizada, trata de personas, huachicol, entre otros delitos.

Así lo dio a conocer ayer en la conferencia matutina presidencial el subsecretario de Seguridad Pública, Luis Rodríguez Bucio, quien detalló que esta determinación se da a consecuencia la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorIDH) por los casos Tzompaxtle Tecpile y otros, en la que fue declarada inconvencional la prisión preventiva oficiosa.

El funcionario explicó que esta decisión fue tomada por los magistrados Héctor Lara González, Samuel Meraz Lares y Emma Meza Fonseca, integrantes del pleno regional en materia penal en la región centro norte con residencia en la Ciudad de México.

Se trata de un criterio obligatorio para los jueces de amparo en 18 estados del país de otorgar suspensiones provisionales contra la prisión preventiva oficiosa a manera de una concesión de tutela anticipada y con ello los obliga a aplicar otras medidas cautelares distintas; entre ellas, incluso la libertad.

Señaló que este criterio beneficiaría a personas procesadas por delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, establecidos en el artículo 19 de la Constitución.

Tras un largo proceso en el sistema interamericano, en enero de este año, la CorIDH declaró que el Estado mexicano es responsable de la violación a distintos derechos de Jorge y Gerardo Tzompaxtle, Gerardo Tzompaxtle y Gustavo Robles López, que en 2006 fueron detenidos por policías federales, arraigados por más de tres meses y en prisión preventiva por dos años y medio, para finalmente ser absueltos en 2008. El organismo instruyó al Estado dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza procesal y adecuar la prisión preventiva.

A la par, Rodríguez Bucio exhibió al juez octavo de distrito en materia de amparo y juicios federales en el estado de México, José Fernando García; y la jueza primera de distrito en materia de amparo y juicios federales en el estado de México, Abigail Ocampo; que respectivamente ampararon a los capos Rafael Caro Quintero y Antonio Oceguera, Tony Montana, para evitar que sean extraditados a Estados Unidos.